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MAURICIO DURAN TORRES

¿Cómo obtener el sello de confianza para tener seguridad en el comercio electrónico?

El Sello de Confianza de la CCS es el logotipo que simboliza seriedad y honorabilidad de las empresas adherentes al asumir voluntariamente elevados niveles de compromiso ético y responsabilidad ante sus clientes; y por lo tanto merecedoras de una mayor confianza. Este Sello surge en respuesta a una necesidad del mercado por verificar la legitimidad de aquellas compañías que ofrecen sus productos y servicios en la red.

El Sello de Confianza de la CCS es un programa de protección de la seguridad, privacidad y confidencialidad desarrollado por la Cámara de Comercio de Comercio, cuyo objetivo es promover el respeto a la confidencialidad de la información personal de los usuarios de sitios web, y con ello crear un ambiente de confianza que permita el desarrollo de las comunicaciones y transacciones comerciales por la vía electrónica.

Este Sello surge en respuesta a una necesidad del mercado para verificar la legitimidad de aquellas compañías que ofrecen sus productos y servicios en la red.

¿Cómo Obtener el Sello de Confianza?

El procedimiento para obtener el Sello de Confianza de la Cámara de Comercio de Santiago consta de tres etapas: La primera corresponde a la solicitud del sello, la segunda a la auditoria y la tercera a la obtención y mantenimiento del sello.

Primera Etapa: Solicitud del Sello de Confianza. La empresa solicitante deberá identificarse suficientemente enviando a la CCS una Solicitud de Sello de Confianza. La CCS tramitará la solicitud a través de su Oficina del Programa de Confianza, la que contactará a la empresa solicitante y le enviará un Documento de Recibo adjuntando un Cuestionario de Autoevaluación que le permitirá evaluar si sus prácticas comerciales y su infraestructura tecnológica satisface los requisitos exigidos por el Código de Buenas Prácticas para el Comercio Electrónico de la CCS (CBP). La CCS ofrecerá a la empresa solicitante una cartera de “Empresas Auditoras Externas” entre las cuales deberá tomar una elección para proceder a la verificación y chequeo del cumplimiento del Cuestionario de Autoevaluación.

Segunda Etapa: Auditoría. Aprobada la auditoría, la empresa auditora informará a la empresa solicitante y a la CCS que el primero cumple con los requisitos que exige la auditoría, lo cual significa que cumple con los requisitos fijados por el CBP para obtener el sello de confianza. En caso que la auditoría no sea aprobada por la empresa solicitante, la empresa auditora deberá informarle por escrito las razones y, si correspondiere, fijarle un plazo para subsanar los defectos.

Tercera Etapa: Obtención y Mantenimiento del Sello de Confianza. Aprobada la auditoría, la empresa solicitante recibirá un informe de la empresa auditora comunicándole su aprobación. Para que la empresa obtenga el sello debe aceptar las reglas que regulan su uso y mantenimiento, firmando para tal efecto el Contrato de Licencia del SC. Este contrato regula el uso del SC, su mantenimiento, suspensión y retiro. El Contrato de Licencia del SC contendrá además reglas sobre renovación del sello o auditorías periódicas según procediere. En este mismo contrato la empresa solicitante adhiere las normas del CBP y los Términos y Condiciones que regula su funcionamiento, incluyendo los mecanismos de Resolución Alternativa de Conflictos de la Cámara de Comercio de Santiago. El texto de la adhesión respectiva se encontrará en documento anexo al Contrato de Licencia.

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